Flor de Abigail
Esta información pertenece a la versión de Terraria en escritorio.
La Flor de Abigail es un arma de invocación del modo normal que crece de forma natural en el césped cerca de cualquier lápida. Es rara pero la probabilidad de que aparezca aumenta en la semilla del mundo The Constant.
Al ser utilizada el personaje invoca a Abigail, un fantasma que lo seguirá a todas partes. A diferencia de la mayoría de otras armas de invocación, utilizar varias veces el objeto no invocará otra Abigail sino que aumentará sus estadísticas (daño, velocidad de movimiento y aceleración).
Abigail ataca a los enemigos cercanos con pequeños proyectiles que genera a su alrededor además de hacer daño por contacto. Por defecto, los proyectiles pueden dañar a hasta 3 enemigos. A medida que se utilicen más "espacios" de invocación, el número de objetivos aumenta. El daño base de Abigail aumenta automáticamente al pasar al modo difícil.
Su mejor modificador es despiadado. Mítico otorga más estadísticas pero la mayoría no afectan directamente al súbdito, además de que Abigail no puede hacer golpes críticos. La única diferencia entre estos dos modificadores es el retroceso.
Notas
- El aumento de estadísticas de Abigail se puede estimar viendo la flor que tiene en su cabeza.
- La flor solamente puede crecer en la superficie y el espacio exterior.
- No puede haber dos flores en un cuadrado de 240x240 bloques.
- No puede ser generada con las botas floridas ni sus derivados.
Curiosidades
- Este objeto está basado en la Flor de Abigail del videojuego Don't Starve.
Actualizaciones
- V. 1.4.3.2:
- Aumentada la velocidad de movimiento base en un 33%.
- Reduce la velocidad de movimiento por súbdito de 1.5 a 1.4 (el valor máximo es el mismo).
- Aumentada la aceleración base en un 10%.
- Reducida al aceleración por súbdito de 2 a 1.75 (el valor máximo es el mismo).
- V. 1.4.3.1:
- Aumentada la probabilidad de que aparezca en un 33%.
- Abigail ahora solo puede golpear a 3 enemigos por "ataque". Este límite aumenta en 1 por cada 2 espacios de súbditos consumidos.
- V. 1.4.3: Añadido.